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Que en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO y dando alcance al ARTÍCULO 69 – “Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino”
En consecuencia se adjunta con el presente, la Resolución 375 del 26 mayo del 2014 surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Documento Aviso de notificación de acto administrativo Representante Legal del CONSORCIO GIT
La Subsecretaria de Tránsito del Departamento de Nariño se permite notificar:
NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE
TRANSITO – PERIODO 1 TRIMESTRE DEL 2011
LA GOBERNACION DENARIÑO Y LA SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEPARTAMENTAL
De conformidad a lo dispuesto por la Ley 769 de 2002, ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, decreto nacional 624 de 1989, Ley 1111 de 2006, demás normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, dentro del proceso administrativo ejecutivo coactivo, dando cumplimiento en lo que a notificaciones se refiere y no siendo posible establecer la dirección del contraventor por medio de verificación directa, o habiéndose establecido con respecto a ella, su no existencia (NE), el cerrado definitivo (CE), el cambio de domicilio (CD), una dirección incompleta (DI), el destinatario desconocido (DD), el rehusar recibir (RH), no reporte (NO); se permite notificar que se tiene librado mandamiento ejecutivo de pago en virtud a los actos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones de tránsito de las siguientes personas:
A los propietarios o poseedores de los vehículos relacionados en el presente aviso, que están siendo ejecutados por este Despacho a través de Proceso Administrativo de Cobro Coactivo.
Que el (los) Avisos de Citación para la notificación del (de los) Mandamiento(s) de Pago enviadas por correo no fue (ron) atendida(s) o fue (ron) devuelta(s).
La Subsecretaría de Rentas del Departamento en virtud del artículo 568 del Estatuto Tributario Nacional, en concordancia con el artículo 58 del Decreto 019 de 2012 del Código Contencioso Administrativo, procede a notificar el siguiente aviso.
Documento Aviso Notificación Requerimiento Especial Sr17-2013 Cervalle Septiembre 2011
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